¿Cómo salir de deudas? Evitar mala cobranza y embargo de bienes
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 tengo una pregunta

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flor
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MensajeTema: tengo una pregunta   tengo una pregunta Icon_minitimeSáb Abr 25, 2009 10:32 am

HOLA AMIGOS ESPERO QUE SE ENCUNTREN BIEN TODOS, EN ESPECIAL LOS DEL DF CUIDENSE MUCHO Y SIGAN LAS RECOMENDACIONES QUE DA EL GOBIERNO PARA EL BIEN DE SU SALUD.

MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE SI TE DEMADARON Y ESTAS DELANTE DEL JUEZ Y LE DICES QUE NO TIENES LOS MEDIOS, LE CUENTAS TU REALIDAD Y LE DICES QUE SOLO CUENTAS CON CIERTA CANTIDAD DE DINERO PARA IRLES PAGANDO A LOS DEL BANCO, AUN ASI TE EMBARGAN O QUE SUCEDE?
Y TAMBIEN QUE HAY SI NO PUEDES CONSEGUIR UN ABOGADO?
USTEDES QUE CREEN.
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MensajeTema: Re: tengo una pregunta   tengo una pregunta Icon_minitimeSáb Abr 25, 2009 10:45 am

flor vamos por partes te demandan pero primero estos son los pasos que debes ver:
Requisitos para la diligencia de embargo
a) Formalidades que debe contener el oficio donde consta la orden de embargo:
1. Debe estar en hoja membretada original del "Poder Judicial de la Federación", con un sello en la parte superior izquierda.
2. El oficio debe tener sello original del juzgado que ordena el embargo, nombre y firma original del titular del juzgado o del secretario de acuerdos que lo suple.
3. Debe tener el número de expediente y el tipo de juicio.
4. Debe identificar a la persona, física o moral a la que se requerirá el monto de lo adeudado.
5. Debe contener la trascripción del acuerdo dictado por juez competente, en donde conste que se está ordenando el embargo y el motivo del mismo.
6. En el acuerdo debe constar que se faculta al actuario en turno para practicar la diligencia.
b) Formalidades que se deben cumplir en la diligencia de embargo:
1. Es muy importante que el asignado para la diligencia se entienda directamente con la persona física deudora, y en caso de persona moral, con su representante legal. De lo contrario no puede llevarse a cabo la diligencia; sin embargo es importante resaltar que el actuario dejará citatorio con día y hora en que volverá para hacer la diligencia. En esa fecha regresará y se realizará la diligencia con cualquier persona que se encuentre en el lugar.
2. La persona requerida debe exigir que el actuario se identifique plenamente, con credencial expedida por el poder judicial federal, donde conste su cargo.
3. También exigirá que se muestre el oficio donde conste la orden de embargo, con las formalidades especificadas en el inciso que antecede.
4. Acto seguido, exija al actuario que le explique los motivos del requerimiento y el monto de lo adeudado.
5. La persona requerida, libre y voluntariamente, deberá designar los bienes con los cuales garantice el monto de lo adeudado.
6. Se recomienda que la persona requerida designe los bienes para cubrir las prestaciones demandadas, pues en caso contrario se le considerará en rebeldía y será el acreedor el que designe dichos bienes, lo que se puede prestar a que se comentan abusos o excesos en perjuicio del requerido.
7. También se recomienda que una vez que se cumplan las formalidades especificadas, no oponerse a que se lleve a cabo el embargo, ya que por ser ordenado por un juez tiene la fuerza de un mandato judicial y oponerse trae consigo sanciones para el requerido, que pueden ir desde una multa hasta un arresto administrativo.
8. Se deberá cuidar que el actuario levante un acta al final de la diligencia, donde conste la relación detallada de los hechos y pormenores que se suscitaron en la diligencia. Asimismo, en dicha acta se podrá hacer uso de la palabra, en caso de que alguna de las partes, tenga el interés de que conste algún tipo de aclaración o inconformidad, hasta un posible convenio.

Ahora tienes 5 dias para responder por medio de tu abogado aqui es donde pudes tener problemas ya que si te asesora correctamente no habra nigun problema se llegara a un acuerdo de como pagarias sobre el capital que debes y en que condiciones pero si tu abogado te pide que niegues tu deuda entoces ahi empiezan los problemas y si te puden embargar.
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Arween
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MensajeTema: Re: tengo una pregunta   tengo una pregunta Icon_minitimeSáb Abr 25, 2009 11:25 am

Wowwwww Hermes!! 👏

Excelente informacion, mil gracias por compartirla...


Hermosa florecita.. si puedes afiliate.. veras que es muy poco lo que aportas para todos los beneficios que vas a recibir...

https://www.defensadeldeudor.org/afiliaciones-f44/

Saludos!!

Estas aqui para ser feliz!!!
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