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 CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?)

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MensajeTema: CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?)   CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?) Icon_minitimeMiér Ago 18, 2010 11:40 pm

Hola.

Con el fin de evitar que muchos usuarios sean mal asesorados en algún sitio de "ayuda al deudor" patito he decidido crear este post para asesorar tal y como la ley y los hechos señalan:

A una de las preguntas mas comunes que hace el deudor:

Me pueden embargar por mi deuda de tarjeta de crédito?


La respuesta correcta es:

Si, si pueden. Lo que es un hecho es que no es tan sencillo, toda vez que es un HECHO (también) que el acreedor primeramente tratara de negociar con el deudor muchísimo antes de dar inicio a proceso judicial alguno. Ahora bien, si el acreedor decidiera demandarte al no obtener respuesta satisfactoria a sus negociaciones entonces serias emplazado y notificado de este proceso.

Debemos recordar que la ley marca que a partir del día 91 posterior a tu ultimo pago el acreedor esta en su pleno derecho a dar inicio a un proceso judicial para recuperar la deuda, pero, -repito- primero agotara (en cuando menos el 90% de los casos) la vía de la negociación.

Ahora bien, muy importante es señalar que tras la modificación al articulo 68 de la ley de instituciones de crédito, ahora los estados de cuenta de tu tarjeta de crédito certificados por un contador que el mismo banco elige son TITULOS DE CREDITO DE CARACTER EJECUTIVO, esto quiere decir que la demanda (si la hubiera) seria llevada por la vía ejecutiva mercantil, esto quiere decir que serias embargado al momento de ser emplazado. Pero no te asustes, es cuestión de que tu abogado exija que quedes como depositario de tus bienes, es decir, que no se llevarían absolutamente nada durante el tiempo que se lleve el proceso y si se llega a un convenio en ese caso no perderías absolutamente nada. CUIDADO! No te confíes con aquello de: "pues que se las lleven, no valen nada!", porque aun así se deberá contestar la demanda y deberás ser representado legalmente durante el juicio.

Por otro lado, si es un hecho que una demanda de este tipo no es el fin del mundo, toda vez que NADIE ESTA OBLIGADO A LO IMPOSIBLE y que si TIENES UN BUEN ABOGADO, con toda seguridad se podrá negociar un convenio mediante el cual podrás pagar tu adeudo de acuerdo a tu capacidad económica. Esto es muy importante, ya que si eres demandado por fuerza necesitaras UN ABOGADO que te represente.

Por ultimo, para disminuir de forma importantísima el riesgo de ser demandado por alguno de tus acreedores, se les deberá notificar de forma legal de tu SUSPENSIÓN PROVISIONAL DE PAGOS, así como también del hecho de que ya estas siendo representado y asesorado por un abogado y que lejos de negar la deuda, es tu interés primordial el liquidarla en cuanto tu situación económica se recupere.

Así pues, esta es la respuesta correcta a esta pregunta.


Saludos a todos!


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MensajeTema: Re: CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?)   CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?) Icon_minitimeJue Ago 19, 2010 12:38 am

Por cierto... Al "señalar bienes" durante el embargo (ya sea por el demandado o bien, por la parte actora en caso de que el demandado renuncie a este derecho), estos bienes quedan EMBARGADOS y aquí hay dos posibilidades:

Una, que se los lleven y queden en custodia de la parte actora y dos, que queden resguardados por el demandado mismo, en este caso, el abogado del demandado debe exigir que este (el demandado) quede como depositario de estos bienes.

Obviamente, en caso de bienes INMUEBLES (casas, departamentos, terrenos, etc), estos no se los podrán llevar, en este caso, se señala como BIEN INMUEBLE EMBARGADO y el demandado podrá seguir ocupando el mismo durante el tiempo que dure el juicio. Por esta razón es VITAL, que se conteste la demanda conforme a derecho, de otra forma, se corre el riesgo prácticamente inminente de perder estos bienes.

Saludos.


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MensajeTema: Re: CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?)   CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?) Icon_minitimeJue Ago 19, 2010 2:16 am

haber si entendi Angel, esto que mencionas es lo que nos has mencionado como embargo precautorio verdad, que aplicaria cuando existe lo que mencionabas de un pagare, que primero ejecutan la sentencia y despues preguntan si eres culpable.

y el embargo ordinario,se ejecuta despues de que te demandan y en su defecto pierdas el juicio, pero ambos deben ser ejecutados unica y exclusivamente por ordenes de un juez y llevados acabo por un actuario.

en resumen, en ambos se puede pedir ser depositario de los bienes muebles e inmuebles que se señalaron al momento del embargo,por lo menos mientras se liquida el adeudo, es decir, que cuando se ejecuta todo esto los bienes quedarian como garantia del pago del adeudo que se negociara en el juicio, si el demandado incumple en los pagos, el acreedor se lleva los bienes,si liquida se queda con ellos ¿¿estoy en lo correcto o me equivoco??
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MensajeTema: Re: CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?)   CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?) Icon_minitimeJue Ago 19, 2010 2:28 am

No, el PAGARE no es necesario (ya vez por no entrar la semana pasada?). Ahora bastan tus estados de cuenta de la tarjeta de crédito, certificados por un contador que el mismo banco elige para que se conviertan en TITULOS DE CREDITO EJECUTIVOS (iguales que un pagare) y es por esto que ya NO se va por la vía ORDINARIA (como antes) sino que ahora es por la vía EJECUTIVA.

En esta vía, el embargo va aparejado con el emplazamiento, es decir; te notifican y te embargan en el mismo acto y después, se va el juicio. Pero como bien señalas, si tu abogado es bueno, exigirá que TU quedes como depositario de los bienes mientras dure el proceso.

(Cuando es la vía ORDINARIA, no hay embargo salvo que seas vencido al final del juicio, pero repito: esa vía ya no es. Ahora es la EJECUTIVA MERCANTIL).


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MensajeTema: Re: CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?)   CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?) Icon_minitimeJue Ago 19, 2010 2:32 am

ooo bueno es que por exceso de pago no tenia internet, aparte que los mondrigos de prodigy estaban haciendo mantenimiento de su mugre red en mi zona pues peor tantito y me fueron reestableciendo el internet hasta el lunes, pero ya leere mas, lo prometo, y ya vi lo que llevan de la demanda del compañero tomas, muy interesante, que guapos muchachos salieron bien en las fotos, ya se de donde robarme las fotos de help para el siguiente mes
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MensajeTema: Re: CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?)   CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?) Icon_minitimeJue Ago 19, 2010 3:56 am

EXCELENTE INFORMACION, GRACIAS ANGEL.
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MensajeTema: Re: CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?)   CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?) Icon_minitimeJue Ago 19, 2010 10:01 am

Buen dia a todos, esta informacion es excelente sin embargo me quedan dudas ya que en mi caso no tengo ya estados de cuenta de las tarjetas y en los ultimos que me llegaron eran puros pagos pagos y mas pagos....
Aclaro que en bancomer me juntaron todas y solo depositaba a la cuenta que me asignaron y en los estados de cuenta solo llegaba la deuda y el pago correspondiente, y en el buro de credito las tarjetas que me juntaron aparecen como cuenta cerrada y en ceros y pues con calificacion buena, y exactamente lo hize con santader y bueno amén de que tengo otras deudas mas como el caso de banamex hsbc y amercian express que lo mismo ya deje de pagar.
Como funcionaria en este caso.....

Saludos a todos.
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MensajeTema: Re: CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?)   CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?) Icon_minitimeJue Ago 19, 2010 12:30 pm

Aunque a ti ya no te lleguen estados de cuenta, el banco siempre tendrá copia de estos (repito: aunque a ti ya no te estén llegando) y son esos (los que tiene el banco) los que serian certificados como títulos de crédito ejecutivos y servirían como prueba del adeudo.

Un saludo.


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MensajeTema: Re: CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?)   CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?) Icon_minitimeJue Ago 19, 2010 1:27 pm

Saludos a todos!!

Yo tengo una duda, espero me puedan apoyar. El domicilio en donde me llegan los estados de cuenta ya no es válido. Es decir, yo ya no vivo ahí, y yo no tengo ni casa, ni nada a mi nombre. ¿En este caso qué sucedería??

Gracias de antemano por su atención.
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MensajeTema: Re: CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?)   CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?) Icon_minitimeJue Ago 19, 2010 1:35 pm

Yorch_deudor escribió:
Saludos a todos!!

Yo tengo una duda, espero me puedan apoyar. El domicilio en donde me llegan los estados de cuenta ya no es válido. Es decir, yo ya no vivo ahí, y yo no tengo ni casa, ni nada a mi nombre. ¿En este caso qué sucedería??

Gracias de antemano por su atención.

Si al momento de ser emplazado puedes demostrar que ese domicilio y los bienes que hay en el no son tuyos, no pasaría nada. Obviamente aun así se debe contastar la demanda conforme a derecho.


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MensajeTema: Re: CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?)   CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?) Icon_minitimeJue Ago 19, 2010 1:43 pm


Ok, pues muchas gracias Angel.

Cómo puedo afiliarme a DDD??, según yo envié mi registro desde el link, pero no sé que más debo hacer.
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MensajeTema: Re: CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?)   CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?) Icon_minitimeJue Ago 19, 2010 1:52 pm

Hola a todos, una duda elemental:

En el momento que estoy afiliado ustedes en DDD notifican a cada banco mi suspensión provisional de pagos y mi intenciòn de negociar la deuda o lo debo hacer yo y a travès de que mecanismo ???

Gracias cuates !!!
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MensajeTema: Re: CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?)   CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?) Icon_minitimeJue Ago 19, 2010 1:56 pm

Yorch_deudor escribió:

Ok, pues muchas gracias Angel.

Cómo puedo afiliarme a DDD??, según yo envié mi registro desde el link, pero no sé que más debo hacer.

Hola.

Acabo de poner un post con información al respecto. Checalo, estamosnpara servirles.

Un saludo!


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MensajeTema: Re: CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?)   CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?) Icon_minitimeJue Ago 19, 2010 1:57 pm

MMM PUES SI QUE ES UNA INSERTIDUMBRE MUY ENORME POR QUE A PESAR DE INTENTAR ARMAR UN PROCEDIMENTO QUE UTILICEN LOS BANCOS, PARA SABER CUANDO Y A QUIEN DEMANDAN, PUES SE VE QUE HAY MUCHAS CONBINACIONES POSIBLES Y LO DIGO DESDE EL TAMAÑO DE LOS SALDOS, EL TIEMPO EN MORA FORMAL, EL TIPO DE ACREEDOR Y HASTA EL COMPORTAMIENTO DEL DEUDOR CON LOS DESPACHOS DE COBRANZA; Y SABER QUE ANTES ERA POR LA VIA ORDINARIA, AHORA SOLO POR QUE AL CONTADOR DEL BANCO SE LE OCURRA VA A PODER HECHAR MANO DE LOS ESTADOS DE CUENTA PARA CERTIFICARLOS COMO TITULOS DE CREDITO? Y ACOBRAR SE HA DICHO angry!!! , ES EN VERDAD QUE A CADA DIA INTENTARAN CERRAR MAS Y MAS LOS CAUSES QUE PUEDEN TOMAR LOS DEUDORES HASTA QUE NOS ACORRALEN Y ENTONCES SI SE DESBORDARAN ESTOS AL NO TENER SALIDA.........PERDON CREO QUE YA ME EXPLAYE DE MAS...... Y UNA PREGUNTA QUE PASARIA SI EN ALGUN MOMENTO LOS BANCOS DECIDIERAN EMPLAZAR A TODOS LOS DEUDORES AL 3 MES? :jojo:
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MensajeTema: Re: CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?)   CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?) Icon_minitimeJue Ago 19, 2010 1:58 pm

Enriquejnn escribió:
Hola a todos, una duda elemental:

En el momento que estoy afiliado ustedes en DDD notifican a cada banco mi suspensión provisional de pagos y mi intenciòn de negociar la deuda o lo debo hacer yo y a travès de que mecanismo ???

Gracias cuates !!!

Efectivamente! Al momento en que ustedes se afilian a DDD, nosotros como sus representantes legales notificamos a sus acreedores. Cabe señalar que notificamos al área jurídica de los bancos, pues es ahí donde se iniciaría un proceso judicial en su contra. La cobranza seguiría de forma normal.

Un saludos.


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MensajeTema: Re: CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?)   CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?) Icon_minitimeJue Ago 19, 2010 2:01 pm

Ever escribió:
QUE PASARIA SI EN ALGUN MOMENTO LOS BANCOS DECIDIERAN EMPLAZAR A TODOS LOS DEUDORES AL 3 MES? :jojo:

Eso no va a pasar, el banco siempre tratara de agotar la vía de la negociación en la gran mayoría de los casos.

Un saludo.


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MensajeTema: Re: CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?)   CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?) Icon_minitimeJue Ago 19, 2010 2:04 pm

MMMM BUENO ESO ES UN ALIVIO, GRACIAS POR EXISTIR DE LO CONTRARIO YA ESTARIA EN EL PSICOLOGO JEJEJ...
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MensajeTema: Re: CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?)   CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?) Icon_minitimeJue Ago 19, 2010 2:20 pm

Angel™ escribió:
Hola.

Por ultimo, para disminuir de forma importantísima el riesgo de ser demandado por alguno de tus acreedores, se les deberá notificar de forma legal de tu SUSPENSIÓN PROVISIONAL DE PAGOS, así como también del hecho de que ya estas siendo representado y asesorado por un abogado y que lejos de negar la deuda, es tu interés primordial el liquidarla en cuanto tu situación económica se recupere.

A ver Angel, yo recuerdo que en otro post tú dijiste que esta notificación se hacía ÚNICAMENTE vía telefónica por mera estrategia legal, a fin de no reconocer importes de los adeudos .. ¿esa es la "forma legal" de notificar la suspensión provisional de pagos? o debemos hacer un escrito, sin incluir importes, y presentarlo al banco diciéndoles "Banco fulano, yo sutana, te debo en la cuenta tal. Ahorita no tengo forma de pagar el importe de esa cuenta -asi, sin pesos ni centavos- pero en cuanto tenga dinero suficiente te los pago. Y mi firma."

Espero tu comentario.
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MensajeTema: Re: CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?)   CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?) Icon_minitimeJue Ago 19, 2010 2:23 pm

No, basta con la llamada directa de tus representantes legales. Un escrito donde el deudor mismo acepta montos adeudados y la deuda misma enviado al área jurídica del banco al que le deben no seria una muy buena idea, no crees?

Un saludo.


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MensajeTema: Re: CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?)   CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?) Icon_minitimeJue Ago 19, 2010 2:58 pm

Gracias Angel, quizá como ustedes ya han hecho esto por mí es que he dejado de recibir tantas llamadas de la cobranza ... ¿o no?
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MensajeTema: Re: CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?)   CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?) Icon_minitimeLun Ago 23, 2010 9:26 pm

UP!


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MensajeTema: Re: CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?)   CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?) Icon_minitimeLun Ago 23, 2010 10:40 pm

Ya me imagino que los acreedores decidieran que en automatico a los 91 dias de atraso a todos los deudores nos demandaran y embargaran nuestras chivas, pero claro primero dirian:

"bueno vamos a ver en los estados de cuenta de nuestros deudores que tantas cosas se han comprado, seguramente buenos aparatos electricos, computadoras, muebles, joyas, etc y con eso pues ponemos unos cuantos almacenes y recuperamos al doble o triple lo que nos deben"...

pero ooohh!! decepcion, empiezan a ver los estados de cuenta y en un buen pues resulta que solo hay cargos de intereses, mas intereses, mas más intereses... porque eran cuentas reestructuradas que no se usaban mas que solo para pagar y pagar por meses o años... o bien sin reestructura pero igual con intereses resultado de una tasita anual del 50%

Y pues no habria nada de cosas que recuperar ... :jajaja: pobres banquitos, creando castillos en el aire con sus intereses :jajaja:
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MensajeTema: Re: CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?)   CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?) Icon_minitimeSáb Ago 28, 2010 4:52 pm

BUENAS TARDES
EN MI CASO TENGO MAS DE 4 MESES QUE NO PAGO EN C&A ESTAN RECLAMANDO LA CANTIDAD DE 6980 Y AHORA ME HABLAN QUE NO SALGA EL LUNES 30 DE AGOSTO POR QUE VAN A IR A EMBARGAR TAMBIEN ANTERIORMENTE ME LLEGO UNA CARTA DONDE ME DICEN LO MISMO ES CIERTO
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MensajeTema: Re: CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?)   CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?) Icon_minitimeSáb Ago 28, 2010 5:04 pm

Primeramente para embargarte tienen que presentarte la demanda y esto lo harà un Sr. actuario. Menos NO. No le abras la puerta a cualquiera. y por esa cantidad creo que les sale mas caro un juicio que lo que les debes.

Me gustaria que te quedaràs sentada por que te vas a cansar de estarlos esperando proximo Lunes.

Avisanos que pasa, estaremos al pendiente.

Nota: Para cualquier urgencia Llama a DDD, pero NO se presentaràn.
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MensajeTema: Re: CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?)   CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?) Icon_minitimeLun Ago 30, 2010 11:45 am

BUENOS DIAS
SON LAS 9.15 AM Y ME ACABAN DE HABLAR PARA DECIERME QUE ME HABLAN DEL JUZGADO 7MESA DE CONTROL NO. 4 YF QUE NO SALGA POR QUE SE VAN A PRESENTAR A HACER UNA DILIGENCIA DE EMBARGO POR EL ADUDO QUE TENGO DE C&A POR LA CANTIDAD DFE 5860 ESA ES LA CANTIDAD EXACATA Y ME DEJAN UN NO. EL CUAL ES NO. 015552593595 QUE ME Y ME COMUNIQUE Y ME DIJERON EXACTAMENTE LO MISMO PERO LO CURIOSO ES QUE NO HAY NO. DE EXPEDIENTE Y QUE ME DAN HASTA HOY A LAS 2 DE LA TARDE PARA QUE LIQUIDEN AL PERDIRLES EL NO. DE EXPEDIENTE ME DICEN QUE VAYA AL JUZGADO Y ME LO DAN AHY COMO VEN QUE ME ACONSEJAN SI TENGO MIEDO
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CUIDADO CON LAS MALAS ASESORIAS! #1 (Me pueden embargar?)
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