Para añadir solamente:
El fluctué dejo de ser prueba de nuestra deuda desde hace dos años, desde la modificación a la ley de instituciones mercantiles en su articulo 68, ahora basta nuestro estado de cuenta certificado por un contador del mismo banco para que este se convierta en un tituloejecutivo de crédito con la misma validez y poder que un pagare.
Saludos.
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