Es necesaria mayor información: ¿monto de la deuda?
Pero por lo pronto necesitas que se te comente lo siguiente: ningún acreedor puede embargar, eso lo hace el juzgado, después de una demanda. Sí llegan a querer cobrarse a tu domicilio - a la fuerza - y no se identifican como personal del juzgado, estas siendo víctima de una maniobra ilegal - en realidad un robo- por lo que puedes llamar a una patrulla, tienes deudas pero eso no anula tus derechos.
Saludos