¿Cómo salir de deudas? Evitar mala cobranza y embargo de bienes
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xbcd52
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MensajeTema: CARTA OFERTA   CARTA OFERTA Icon_minitimeLun Jun 17, 2013 8:15 pm

Quisiera saber si esta es una carta oferta valida o que información le falta, en su defecto.


Gracias
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MensajeTema: Re: CARTA OFERTA   CARTA OFERTA Icon_minitimeLun Jun 17, 2013 8:32 pm

Buenas noches.

Pues ahí mismo lo dice.

Ese documento no tiene validez legal alguna y no es soporte de pago, ni convenio, es meramente informativo.
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xbcd52
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MensajeTema: Re: CARTA OFERTA   CARTA OFERTA Icon_minitimeMiér Jun 19, 2013 12:30 am

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Ok, muchas gracias, se que parece obvio pero queria confirmar porque desconozco el formato de una carta formal y como viene directamene del banco pense que era algo valido.  

Hace aproximadamente 7-8 meses que llegue al acuerdo con el departamento de cobranza de este banco (por mi mismo) enviandoles una copia de mi IFE y un formato en el que explicaba el motivo de mi atraso (que genero el bloqueo de mi cuenta por lo que ya no me permitieron regularizarme para continuar con el plazo original del credito aun que  contaba con el monto para ponerme al corriente ) Ademas de esto les envie una carta firmada donde me comprometia a pagar el total del credito  menos un descuento de aprox 30% a mas tardar el dia 30 de Junio del 2013  y la expuesta es la carta que me enviaron cuando les requeri una carta convenio valida.

El credito, como pueden ver, es automotriz asi que aqui es cuando pido de su asesoria para saber si debo proceder a pagarles como pactamos por temor a una demanda aun que no tengo garantia de la carta finiquito o me conviene mas afiliarme con ustedes para proceder de manera distinta?
De antemano muchas gracias.
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MensajeTema: Re: CARTA OFERTA   CARTA OFERTA Icon_minitimeMiér Jun 19, 2013 12:45 am

Buenos días.


Pues para empezar, pide una carta bien redactada, mira, en este enlace viene todo: http://www.defensadeldeudor.info/como-negociar-correctamente/


________________________________________________________

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MensajeTema: Re: CARTA OFERTA   CARTA OFERTA Icon_minitimeMiér Jun 19, 2013 6:09 pm

Debido a que defensa del deudor es una organización social, enfocada en la ayuda de aquellas personas que no pueden pagar de modo alguno, no contamos con servicios de representación legal para aquellos casos donde existe una forma de pago inmediata, como es la dación del bien en garantía (Casa, vehículos, fianzas).


Sin embargo me permito asesorarle, para que usted forme una opinión más completa de su caso.

Para conocer al detalle y poder asesorar con seriedad cualquier crédito con garantía es indispensable conocer a fondo el contrato en el que se basa el mismo.
 
 
Resolver de golpe sus dudas sobre montos y duración es un tanto irresponsable e irreal.
 
Pero  existen puntos en común que comparten los créditos de este tipo en la república mexicana.
 
1.- Estos créditos están sujetos a la garantía que el bien adjudicable  representa y por lo tanto la ejecución de dicha garantía, ante incumplimiento, está pactada de antemano en la firma de los contratos que los avalan.
 
2.- La adjudicación o embargo y posterior remate del bien, se efectúa únicamente tras mandato judicial previo proceso y fallo del juez y deben de cumplirse cabalmente todos los requisitos legales.
 
3.- El crédito pactado se cancela normalmente al tercer incumplimiento y el acreedor reserva el derecho de exigir el monto total adeudado en un único pago, esto dificulta la posibilidad de una negociación.
 
Sin embargo en la práctica es común, aunque no seguro, que ambas partes puedan pactar una reestructura del remanente o una liquidación mediante quita en convenio judicial o extrajudicial.
 
En el caso de la reestructura es lógico suponer que el acreedor  permitirá una reducción del monto mensual a abonar, a cambio de una mayor tasa de interés, plazos más extendidos o cualquier otro tipo de compensación por el incumplimiento.
 
Hay que tener cuidado pues es también práctica normal, mas no forzosa, que el acreedor no acepte una nueva reestructura en caso de incumplirse nuevamente, así que se debe ser realista y precavido antes de firmar compromiso en esta nueva oferta.
 
En el panorama de  la quita la única posibilidad real de aprovecharla, si es que  se presenta, es contar con el monto total solicitado en tiempo y forma, debe considerarse que lo normal es obtener un descuento inferior al 50% de lo adeudado y estos casos, por lo general, solo se presentan en aquellas situaciones donde el bien no tenga una apreciación constante o con vistas a futuro y que el acreedor considere conveniente recuperar el efectivo más que adjudicar la garantía.

Es mi recomendación personal también que solo efectué pagos avalados por documentación pertinente, pues en otro caso correrá el riesgo de quedar con el mismo problema y menos dinero para solventarlo.
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