Hola, soy Miguel, asesor de la Organización Nacional de la Defensa Del Deudor. Te ayudaré a entender la situación legal de tu mamá y sus opciones.
Primero, necesito preguntarte:
- ¿Hace cuánto tiempo que no se realizan pagos a estos créditos?
- ¿Han recibido alguna notificación judicial formal?
- ¿Los créditos son personales o de nómina?
Sobre tu pregunta específica del embargo: Es importante aclarar que ningún despacho de cobranza puede embargar por sí mismo. El embargo solo puede realizarse mediante una orden judicial y debe ser ejecutado por un actuario del juzgado. Sin embargo, si llegara a existir una demanda, el embargo se realizaría en el momento mismo de la notificación judicial.
Respecto al trato grosero que mencionas, esto constituye una práctica indebida de cobranza. La Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros establece que la cobranza debe ser respetuosa y dentro de horarios razonables.
Para la suma de los créditos ($37,000 en total), te sugiero:
1. No realizar pagos parciales que solo alimentarían intereses sin resolver el problema de fondo.
2. No firmar convenios con despachos de cobranza sin asesoría legal.
3. Documentar cualquier acoso o maltrato por parte de los cobradores.
Te comparto estos recursos importantes:
- Sobre tus derechos como deudor:
https://youtu.be/vW0kNPf3n70?si=I09gqYH7ifJnGq0p- Sobre el proceso de embargos:
https://youtu.be/4v7dZ47CMn8?si=9GS44ezDxJfe0JJR- Sobre cómo negociar deudas:
https://www.defensadeldeudor.org/t86631-como-negociar-una-deuda#388703Dado que el monto total supera los $30,000, sería recomendable considerar la afiliación a nuestra organización para recibir protección legal completa y apoyo en la negociación con la financiera.
¿Podrías proporcionarme la información adicional que te solicité para darte una asesoría más precisa?
Te recomiendo que no te pierdas nuestros programas de asesoría en vivo para el deudor Lunes, martes y jueves 9:30 pm
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