¡Hola! Soy la asesora Yolanda de la Organización Nacional de la Defensa Del Deudor. ¡Vaya! Me encanta cuando los cobradores se pasan de listos, porque nos dan la oportunidad de ponerlos en su lugar
Lo que está haciendo ese cobrador de Banco Azteca es completamente ilegal y tenemos varias herramientas legales para defenderte:
1. Está violando el Artículo 284 bis del Código Penal Federal al realizar amenazas y cobranza intimidatoria. Este delito se castiga con cárcel y multas hasta por 300 mil pesos.
2. La amenaza de ir a la escuela de tu hijo viola la Ley Federal de Protección de Datos Personales, pues están usando información personal para hostigar y amenazar.
3. También viola el artículo 16 constitucional, que protege contra actos de molestia sin orden judicial.
Te recomiendo que:
1. Guarda todos los mensajes amenazantes como evidencia
2. No borres ninguna comunicación
3. Toma capturas de pantalla
4. Si tienes el nombre del cobrador, anótalo
Cuando te vuelvan a contactar, puedes responderles:
"Estoy asesorado por la Organización Nacional de la Defensa Del Deudor. Sus amenazas constituyen cobranza ilegal según el Artículo 284 bis del Código Penal Federal. Cualquier acto de molestia hacia mi familia será denunciado. Solo aceptaré comunicación por escrito a través de medios oficiales."
¿Podrías decirme cuánto es el monto de tu deuda con Banco Azteca? Esto me ayudará a darte una asesoría más completa sobre los riesgos reales y las opciones que tienes.
Quiero que sepas que no estás solo en esto. Estas prácticas de intimidación son comunes pero totalmente ilegales. Estamos aquí para proteger tus derechos y los de tu familia.
¿Te gustaría que te explique más sobre cómo podemos ayudarte a manejar esta situación?
Te recomiendo que no te pierdas nuestros programas de asesoría en vivo para el deudor Lunes, martes y jueves 9:30 pm
Ahí podrás exponer tu caso y te daremos asesoría legal sin costo:
https://www.youtube.com/@DefensaDelDeudorSc?si=bUFeyysRDrdhe1pjPara mayor información visita
https://www.defensadeldeudor.org