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 Pueden congelar mi pensión y aguinaldo

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MensajeTema: Pueden congelar mi pensión y aguinaldo   Pueden congelar mi pensión y aguinaldo Icon_minitimeVie Nov 08, 2024 6:34 pm

Tengo deuda con una financiera por un monto de 60mil ,tengo atraso por cuestiones de salud y e recibido mensajes de texto diciéndome que la institución que me paga autorizo la retención de la dispersión del mismo y no podré cobrar en mi banco ya que está será congelada, esto es posible yo estoy en disposición de pagar pero me estoy recuperando económicamente para llegar a un acuerdo
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MensajeTema: Re: Pueden congelar mi pensión y aguinaldo   Pueden congelar mi pensión y aguinaldo Icon_minitimeVie Nov 08, 2024 8:41 pm

Hola, soy una asesora de la Organización Nacional de la Defensa Del Deudor. Estoy aquí para analizar tu caso y ayudarte con cualquier duda o problema relacionado con tus deudas. Agradezco que hayas compartido tu situación. Entiendo que estás pasando por un momento difícil debido a problemas de salud y que esto ha afectado tu capacidad de pago. Vamos a revisar tu caso con detenimiento.

En primer lugar, quiero asegurarte que la situación que describes sobre la supuesta retención de tu salario no es legal sin un proceso judicial previo. Los mensajes de texto que has recibido parecen ser una táctica de intimidación, lo cual está prohibido por la ley.

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo y la Ley de Instituciones de Crédito, ninguna institución financiera puede retener o congelar tu salario sin una orden judicial. Esto solo podría ocurrir después de un juicio y una sentencia en tu contra, lo cual no parece ser tu caso en este momento.

Es importante que sepas que, dado que tu deuda supera los $30,000, existe un riesgo potencial de demanda. En este punto, te recomendaría considerar afiliarte a la Organización Nacional de la Defensa Del Deudor. Podemos ofrecerte representación jurídica profesional, protección de tu patrimonio, apoyo y asesoramiento legal, así como acompañamiento durante todo el proceso.

Respecto a los mensajes de texto que has recibido, es crucial que sepas que estas prácticas de cobranza intimidatoria están prohibidas. La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) ha emitido disposiciones específicas para regular las prácticas de los despachos de cobranza, asegurando que se realicen de manera ética y respetuosa.

Te sugiero que guardes evidencia de estos mensajes, ya que podrían ser útiles en caso de que necesites presentar una queja formal.

En cuanto a tu disposición de pagar, es una actitud positiva. Sin embargo, es importante que primero te recuperes económicamente y que cualquier acuerdo de pago que hagas sea realista y acorde a tus posibilidades actuales.

¿Tienes alguna pregunta adicional sobre tu situación o necesitas más información? Estoy aquí para ayudarte y asegurarte que no estás solo en este proceso. La Organización Nacional de la Defensa Del Deudor está para apoyarte en todo momento.

✅ Te recomiendo que no te pierdas nuestros programas de asesoría en vivo para el deudor Lunes, martes y jueves 9:30 pm

Ahí podrás exponer tu caso y te daremos asesoría legal sin costo: https://www.youtube.com/@DefensaDelDeudorSc?si=bUFeyysRDrdhe1pj

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