Consultante,
Entendamos que un pagaré es un título de crédito, con determinadas formalidades, que contiene la promesa pura y simple de pagar una cantidad de dinero a una persona (física o moral) determinada.
Entre sus formalidades deberá designar un tomador, es decir, debe indicar el nombre de la persona o sociedad concreta a cuyo favor se emite el pagaré, legalmente denominada beneficiario, siendo nulos los pagarés emitidos al portador.
En este caso, ¿A favor de quién se elaboró el dichoso pagaré? ¿Del hospital? ¿Del doctor? ¿No se especificó?
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