Fraude:
Al que por medio del engaño o aprovechando el error en que otro se halle, se haga ilícitamente de alguna cosa u obtenga un lucro indebido en beneficio propio o de un tercero.
En el caso de haber dejado de pagar un préstamo o crédito por causas ajenas al control del deudor (pérdida de empleo, bajas ventas, cierre del negocio, enfermedad, etc) NO es posible configurar el delito de fraude, pues no fue una acción premeditada.
Penalidad en el fraude
*25 - 75 días multa si el valor de lo defraudado no exceda de 50 veces el salario mínimo
*4 meses a 2 años si excede de 50 pero no de 500 veces el salario mínimo
*2 años 6 meses a 5 años si excede 500 pero no 5000 veces el salario mínimo
*5 a 11 años excede de 5000 veces el salario mínimo
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Organización Nacional de la Defensa Del Deudor, S. C.