Hola . Me enviaron una carta Convenio de PAGO.
Me gustaria que la checaran. y me digan si es Valida.
Saludos
México D.F. a 21 de Junio 2012.
C O N V E N I O D E P A G O
Conste por el presente documento, las condiciones generales y reconocimiento de adeudo y
ofrecimiento de pago, que celebran por una parte SOCIEDAD FINANCIERA INBURSA, S.A. DE
C.V. representada en este acto por RVR SOLUCIONES DE RECUPERACIÓN S.A. DE C.V. con
domicilio en ACOXPA No. 865 COL. RESIDENCIAL VILLA COAPA DEL. TLALPAN C.P. 14390 como
“ACREEDOR” y por la otra como parte “DEUDOR” QUINTAL CASTILLO JOSE ANTONIO domiciliado 17 X
26 Y 26 A 143 BRISAS DE CHUBURNA YUCATAN MERIDA CP 97203 MEXICO como deudor al tenor de
las siguientes cláusulas:
C L A U S U L A S
PRIMERA:
El deudor reconoce deber a el acreedor, la cantidad de $ 47,798.34 (CUARENTA Y SIETE MIL
SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS 34/100 M/N) cantidad derivada del crédito No.
4043601893143053 emitido por SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, ENTIDAD
REGULADA, GRUPO FINANCIERO INBURSA.
SEGUNDA:
El deudor ofrece liquidarlo con la cantidad de: $4,800.00 (CUATRO MIL OCHOCIENTOS PESOS
00/100 M.N. (como complemento de los pagos anteriores realizados a INBURSA) el cual deberá
estar el día 29 Junio por $4,800.00 como liquidación de finiquito.
TERCERA:
Los pagos deberán realizarse en cualquier sucursal INBURSA así como en las cadenas de tiendas
participantes (SANBORNS, WALMART, SEARS, SORIANA Y COMERCIAL MEXICANA) proporcionando
el número de tarjeta 4043601893143053 y mencionando que es de INBURSA.
CUARTA:
El deudor deberá reportar al acreedor el pago realizado por medio de vía fax al 01800 837 7667 ó
bien vía correo electrónico a la siguiente dirección
cobranzainbursa@rvrsoluciones.comQUINTA:
Una vez que el deudor realice el pago total correspondiente a la cantidad especificada en la
segunda clausula, SOCIEDAD FINANCIERA INBURSA S.A. DE C.V. se compromete a entregar un
estado de cuenta en ceros, así como girar las instrucciones correspondientes al Buró Nacional
de Crédito para la actualización del mismo.
SEXTA:
Ante el incumplimiento del pago para la liquidación del crédito ofrecido por parte del deudor, se
entenderá rescindido el presente convenio dejando a salvo los derechos de SOCIEDAD
FINANCIERA INBURSA, S.A. DE C.V. a reclamar el total de la deuda.
A T E N T A M E N T E.
“RVR SOLUCIONES DE RECUPERACION S.A. DE C.V.”
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LIC. RODOLFO VELÁZQUEZ RIVERO.